Vino de calidad VCPRD

DOP
Denominación de
Origen Protegida

  • -DO
  • -DO Calificada
  • -Vino de calidad con IG
  • -Vino de Pago
  • -Vino de Pago Calificado

Vino de mesa

Con Indicacion
geografica (IGP)

IGP
Identificación de
Origen Protegida

Vino de la Tierra

Sin Indicacion
geografica (IGP)

Vino

España es uno de los más importantes países vitivinícolas del mundo, el primero en extensión de viña cultivada con cerca de 1, 2 millones de ha , más o menos 1/6 del total mundial, teniendo la región de Castilla la Mancha más de medio millón, aunque baja a un tercer puesto en cuanto a producción por detrás de Francia e Italia. La producción española hace un par de décadas era poco conocida a nivel internacional y sólo tenían prestigio algunas denominaciones como Rioja, Jerez o Ribera del Duero, la cuna del vino español más codiciado, el Vega Sicilia, el resto de regiones vivía en el anonimato fuera de nuestras fronteras, pero todo esto ha dado un vuelco en los últimos años como causa de la renovada mentalidad de los bodegueros españoles y la evolución en las técnicas de vinificación. Actualmente en España hay más de 80 Denominaciones de Origen que elaboran unos vinos excelentes y de primera calidad capaces de competir con los más prestigiosos del resto del mundo. Algunas empiezan a ganarse cierto renombre como Bierzo con sus tintos de uva mencía, Rias Baixas por sus vinos blancos de albariño o el Penedés por su producción de cava. Dentro de estas Denominaciones de Origen hay dos que ostentan el título de Denominación de Origen Calificada , Rioja y Priorato.

El panorama español en cuanto a las características de los suelos, el clima y las variedades de uva son muy variados, se estima que hay más de 500 cepas autóctonas plantadas por todo el país, de las más importantes podemos considerar la uva tempranillo , garnacha y cariñena para las tintas y albariño, macabeo, airén y parellada en las blancas.

En España se elaboran vinos tintos, blancos, rosados, generosos y cava que es un vino espumoso que rivaliza con el champagne francés, y en cuanto al tipo de envejecimiento la Ley española ha armonizado éstos para asegurar unos mismos estándares mínimos en cualquier Denominación de Origen definiéndolos en : Vino joven, vino Crianza, Vino Reserva y vino Gran Reserva.

Las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) constituyen el sistema utilizado en nuestro país para el reconocimiento de una calidad diferenciada.

Su calidad y características son esencialmente o exclusivamente debidas a su origen geográfico, con sus factores humanos y culturales inherentes. El 100% de las uvas proceden exclusivamente de la zona geográfica de producción. Su elaboración tiene lugar dentro de la zona geográfica. Se obtiene de variedades vínicas pertenecientes a Vitis vinífera.

Actualmente, los términos tradicionales que se utilizan para indicar que el producto se acoge a una DOP son:

  • Denominación de Origen: es el nombre de una región, comarca, localidad o lugar determinado que haya sido reconocido administrativamente para designar vinos que cumplan las siguientes condiciones:

  • Haber sido elaborados en la región, comarca, localidad o lugar determinados con uvas procedentes de los mismos.

  • Disfrutar de un elevado prestigio en el tráfico comercial en atención a su origen.

  • Y cuya calidad y características se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico que incluye los factores naturales y humanos.

  • Además, han de haber transcurrido, al menos, cinco años desde su reconocimiento como vino de calidad con indicación geográfica.

Mapa de las D.O.P.
  • Denominación de Origen Calificada: deberá cumplir, además de los requisitos exigibles a las denominaciones de origen, los siguientes:

  • Que hayan transcurrido, al menos, diez años desde su reconocimiento como Denominación de Origen.

  • Se comercialice todo el vino embotellado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica delimitada.

  • Cuente con un sistema de control desde la producción hasta la comercialización respecto a calidad y cantidad, que incluya un control físico-químico y organoléptico por lotes homogéneos de volumen limitado.

  • Está prohibida la coexistencia en la misma bodega con vinos sin derecho a la DOCa, salvo vinos de pagos calificados ubicados en su territorio.

  • Ha de disponer de una delimitación cartográfica, por municipios, de los terrenos aptos para producir vinos con derecho a la DOCa.

  • Vino de Calidad con indicación geográfica:

  • es el producido y elaborado en una región, comarca, localidad o lugar determinado con uvas procedentes de los mismos, cuya calidad, reputación o características se deban al medio geográfico, al factor humano o a ambos, en lo que se refiere a la producción de la uva, a la elaboración del vino o a su envejecimiento.

  • Vino de Pago:

  • Son los originarios de un pago" entendiendo por tal el paraje o sitio rural con características edáficas y de microclima propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, conocido con un nombre vinculado de forma tradicional y notoria al cultivo de los viñedos de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares y cuya extensión máxima será limitada reglamentariamente por la Administración competente, de acuerdo con las características propias de cada Comunidad Autónoma, y no podrá ser igual ni superior a la de ninguno de los términos municipales en cuyo territorio o territorios, si fueren más de uno, se ubique.

  • Se entiende que existe vinculación notoria con el cultivo de los viñedos, cuando el nombre del pago venga siendo utilizado de forma habitual en el mercado para identificar los vinos obtenidos en aquél durante un período mínimo de cinco años.

  • Vino de Pago Calificado:

  • En caso de que la totalidad del pago se encuentre incluida en el ámbito territorial de una denominación de origen calificada, podrá recibir el nombre de "pago calificado", y los vinos producidos en él se denominarán "de pago calificado", siempre que acredite que cumple los requisitos exigidos a los vinos de la Denominación de Origen calificada y se encuentra inscrito en la misma.

  • Además, la producción de uva, elaboración y embotellado (con excepciones) deberán realizarse dentro del pago. Y habrá de contarse con un sistema de calidad integral que cumpla, al menos, los requisitos de una DOCa.

Posee una calidad, reputación u otras características específicas atribuibles a su origen geográfico. Al menos el 85% de las uvas procede exclusivamente de la zona geográfica. Su elaboración tiene lugar en el área geográfica. Se obtiene de variedades vínicas pertenecientes a Vitis vinífera y otras especies del género Vitis.

Actualmente, los términos tradicionales que se utilizan para indicar que el producto se acoge a una IGP son:

  • Vino de mesa con derecho a la mención tradicional "Vino de la tierra"

  • Es el que ha sido delimitado teniendo en cuenta unas determinadas condiciones ambientales y de cultivo que puedan conferir a los vinos características específicas.

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